Eventos de la Vida

Las cosas no tienen que cambiar el mundo para ser importantes

Cambios de vida

Si hay algo que puedes planear en la vida, es el cambio. Cuando un evento que cambia la vida llega a su manera, estos planes de acción pueden ayudarlo administrar sus beneficios y proteger su seguridad financiera.

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Matrimonio

Lista de verificación para el participante: Matrimonio

  • Inscriba a su nuevo cónyuge dentro de los 31 días de su matrimonio.
    • Si inscribe a su cónyuge dentro de los 90 días de la fecha de su matrimonio, su cónyuge estará cubierto efectivo la fecha del matrimonio o del evento clasificatorio.
    • Si su cónyuge tiene otra cobertura de salud y pierde esa cobertura, este es un evento clasificatorio y puede inscribir a su cónyuge entre los 90 días del evento.
    • Si inscribe a su cónyuge después de los 90 días del matrimonio o evento clasificatorio, la cobertura comenzará el primer día del mes en el que se reciban todos los documentos requeridos para la inscripción.
    • Si usted o sus dependientes pierden la elegibilidad para Medicaid o el Programa de Seguro Médico para Niños (CHIP, por sus siglas en inglés) , o se convierten en elegibles para un subsidio estatal (programa de asistencia de prima) para inscribirse en el Plan bajo Medicaid o CHIP, usted debe solicitar la inscripción para usted/ sus dependientes en la cobertura del Plan dentro de los 60 días después de que termine la cobertura en Medicaid/CHIP o la fecha en que usted/ellos se convirtieron en elegibles para el subsidio. Si usted se inscribe correctamente a sí mismo y/o a sus dependientes dentro de estos períodos, la cobertura será retroactiva a la fecha en que terminó la cobertura anterior.
  • Obtenga el formulario de cambio de inscripción apropiado del sitio web del miembro para el plan médico en el que está inscrito. Completé y envié el formulario y la documentación requerida, incluyendo:
    • Copia del Certificado de Matrimonio del Salón de Registros
    • Copia de la página 1 y la página de firma (o certificado de presentación electrónica) de su declaración de impuestos federales más actual, tal como se presenta en el IRS, incluyendo los números de Seguro Social de sus dependientes
    • Si usted está divorciado y su ex-cónyuge no ha sido eliminado de la cobertura, una copia de su Decreto de Divorcio final y todas las páginas de liquidación de propiedades
  • Para cambiar su dirección y/o número de teléfono, completé y envié un Formulario de Cambio de Dirección.
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Divorcio

Lista de verificación para el participante: Divorcio

  • Eliminar a su ex-cónyuge (y a cualquier hijastro) de la cobertura dentro de los 30 días de su divorcio. Si no, usted será responsable de cualquier costo en el que incurra el Fideicomiso en nombre de los dependientes inelegible, incluyendo, su ex cónyuge y cualquier hijastro.
    • Obtenga el formulario de cambio de inscripción apropiado del sitio web del miembro para el plan médico en el que está inscrito. Completé y envié el formulario y la documentación requerida y una copia de su Decreto de Divorcio final y todas las páginas de liquidación de propiedades.
  • Para cambiar su dirección y/o número de teléfono, completé y envié un Formulario de Cambio de Dirección.
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Pareja Doméstica

Lista de verificación para el participante: Pareja Doméstica

  • A partir del 1 de enero del 2021, los participantes en el Plan de Salud y Bienestar de Carpinteros del Sudoeste que viven en un estado que reconoce las asociaciones domésticas son elegibles para inscribir a una pareja doméstica y sus hijos elegibles. Se requiere prueba de reelección. La pareja doméstica puede ser del mismo sexo u opuesto.
  • Una Pareja Doméstica debe estar registrada en la ciudad local, condado o agencia del gobierno estatal. Consulte https://www.sos.ca.gov/registries/domestic-partners-registry/ para obtener más información sobre el registro y los derechos y responsabilidades de las Parejas Domésticas.
  • Una Pareja Doméstica y dependientes son elegibles para inscribirse en el mismo plan médico, de prescripción, dental y de visión que el participante del plan.
    • El participante del plan debe enviar los siguientes formularios a la Oficina Administrativa:
      • Inscripción de Declaración jurada de Pareja Doméstica
      • Formularios de inscripción completados del plan médico y dental
      • Comprobante del registro en la agencia estatal o local
      • Una copia certificada del acta de nacimiento de los hijos de la Pareja Doméstica siempre que cumplan con la definición de elegibilidad del niño dependiente como se indica en la Descripción del Resumen del Plan del Fideicomiso de Carpinteros del Sudoeste de Salud y Bienestar.
  • Una vez inscrito, si el participante empleado después solicita eliminar a la Pareja Doméstica o la Asociación Doméstica está legalmente terminada, los hijos de la Pareja Doméstica también serán eliminados de los Planes.
  • El participante también debe remitir el pago de los impuestos federales adeudados por los primeros dos meses de cobertura en el momento en que se realiza la solicitud de inscripción. El pago de los impuestos debe hacerse mensualmente a partir de entonces. El Servicio de Ingresos Internos requiere que los impuestos federales se paguen en base al valor del beneficio que se proporciona a la Pareja Doméstica y a sus hijos. Nota: Los participantes del Plan Médico de Bronce que inscriban a una Pareja Doméstica y hacen auto-pagos por tarifas mensuales por cobertura de dependientes, no están obligados a pagar el impuesto federal.
  • Las Parejas Domésticas no tienen los mismos derechos que un Cónyuge legal bajo los planes del Fideicomiso de Carpinteros del Sudoeste de Pensión o el Fideicomiso de Carpinteros del Sudoeste de Anualidad. Consulte la Descripción del Resumen del Plan para obtener más información. Sin embargo, una Pareja Doméstica puede ser nombrada como Beneficiario de beneficios de fallecimiento.
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Cambios a dependientes

Lista de verificación para el participante: Agregar de un dependiente

  • Inscriba a su nuevo hijo o hijastro dentro de los 90 días posteriores al nacimiento, adopción o matrimonio.
    • Si inscribe a su hijo dependiente dentro de los 90 días, la cobertura de su dependiente estará efectiva a partir de la fecha del evento.
    • Si su dependiente tiene otra cobertura de salud y pierde esa cobertura, esto es un evento clasificatorio y puede inscribir a su dependiente entre los 90 días del evento.
    • Si inscribe a su dependiente después de los 90 días del nacimiento o evento clasificatorio, la cobertura comenzará el primer día del mes en el que se reciban todos los documentos requeridos para la inscripción.
    • Si usted o sus dependientes pierden la elegibilidad para Medicaid o el Programa de Seguro Médico para Niños (CHIP, por sus siglas en japonés), o se convierten en elegibles para un subsidio estatal (programa de asistencia de prima) para inscribirse en el Plan bajo Medicaid o CHIP, usted debe solicitar la inscripción para usted/ sus dependientes en la cobertura del plan dentro de los 60 días después de que termine la cobertura en Medicaid/CHIP o la fecha en que usted/ellos se convirtieron en elegibles para el subsidio. Si usted se inscribe correctamente a sí mismo y/o a sus dependientes dentro de estos períodos, la cobertura será retroactiva a la fecha en que terminó la cobertura anterior.
  • Obtenga el formulario de cambio de inscripción apropiado del sitio web del miembro para el plan médico en el que está inscrito. Complete y envíe el formulario y la documentación requerida, incluyendo:
    • Se requerirá un Certificado de Nacimiento Certificado si la documentación se recibe 90 días a partir de la fecha de inscripción.
    • Copia de la página 1 y la página de firma (o certificado de presentación electrónica) de su declaración de impuestos federales más actual, tal como se presenta en el IRS, incluyendo los números de Seguro Social de sus dependientes.
    • Copia certificada de la colocación para adopción o documentos de tutela legal que muestren su responsabilidad legal por cada niño aplicable.

Lista de verificación para el participante: Eliminación de un dependiente

  • Eliminar a los dependientes de la cobertura dentro de los 30 días de un divorcio. Si no, usted será responsable de cualquier costo en el que incurra el Fideicomiso en nombre de los dependientes no elegibles, incluyendo, su excónyuge y cualquier hijastro.
  • Obtenga el formulario de cambio de inscripción apropiado del sitio web del miembro. Completé y envié el formulario y una copia de su Decreto de Divorcio final y todas las páginas de liquidación de propiedades
  • Para cambiar su dirección y/o número de teléfono, completé y envié un Formulario de Cambio de Dirección.
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Designación de Beneficiario

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Para actualizar a su beneficiario para su seguro de vida y otras formas de seguro, completé y envié un Formulario de Designación de Beneficiario.

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Pérdida de cobertura

Recompra de Horas

Los participantes que están programados para perder la elegibilidad debido a la falta de horas de trabajo reportadas o horas bancarias de reserva tienen la opción de pagar por sí mismos la cantidad de contribuciones necesarias para cumplir con la cantidad mínima de horas reportadas y mantener la elegibilidad para el mes.

Se aplican las siguientes condiciones:

  • Esta disposición no se aplica a aquellos que están estableciendo la elegibilidad inicial.
  • Se le permite pagar hasta 20 horas multiplicadas por la tasa actual de contribución de salud y bienestar para mantener la elegibilidad.
  • Este autopago se ofrece 3 veces por año calendario por no más de 20 horas cada vez para evitar un lapso en la cobertura.
  • El pago debe ser recibido por la Oficina Administrativa dentro de los 31 días de la recepción de horas de la carta de compra.
  • Debe ser elegible en el mes inmediatamente anterior.

Si califica para recompra de horas, se le enviará una carta a su dirección en el archivo con información sobre la cantidad de horas requeridas para mantener la elegibilidad para el próximo mes y la cantidad adeudada. El pago debe hacerse por cheque de caja o giro postal.

Continuación De La Cobertura De Cobra

COBRA, una ley federal, permite a los participantes cubiertos y sus dependientes continuar con la cobertura de atención de salud por un período limitado a su propio costo bajo ciertas circunstancias en las que la cobertura de salud terminaría bajo los términos del Plan debido a un evento calificado.

  • Si pierde su cobertura de salud debido a un evento calificado como participante carpintero, empleado, cónyuge o dependiente, se le ofrecerá la oportunidad de continuar la cobertura en los mismos planes de salud en los que se inscribió antes de la pérdida de cobertura, sin seguro de vida y beneficios de AD&D, haciendo su pago de tarifa mensual.
  • Si decide elegir COBRA y es elegible durante la Inscripción Abierta, se le permitirá hacer cambios en el Plan en ese momento a partir del 1 de enero. Estos cambios pueden afectar sus tarifas.
  • Si elige COBRA, se le permite agregar un dependiente recién adquirido si están inscritos dentro de los 31 días a partir de la fecha en que se convirtieron en dependientes o experimentaron un evento calificado como la pérdida de otra cobertura.

Eventos Calificados:

  • Pérdida de cobertura debido a horas de trabajo insuficientes y/o horas bancarias de reserva.
  • Pérdida de cobertura debido a la terminación del empleo, incluyendo la jubilación y por razones distintas.
  • Divorcio o Separación Legal.
  • El día que el dependiente cumple 26 años.
  • Fallecimiento del participante.

La Oficina Administrativa enviará por correo una Notificación de Oferta de COBRA y el Formulario de Elección de COBRA a la dirección de domicilio del participante dentro de los 14 días de un evento calificado para COBRA. La Notificación de Oferta de COBRA proporcionará información sobre sus derechos y responsabilidades bajo COBRA e incluye las tarifas de COBRA.

Para Elegir la Continuación de la Cobertura de COBRA:

  • Tiene 60 días a partir de la fecha en la Notificación de Oferta de COBRA para devolver el Formulario de Elección de COBRA
  • Tiene 45 días a partir de la fecha en que devolvió el Formulario de Elección de COBRA para enviar el primer pago.
    • La cantidad del pago mensual estará en su Notificación de Oferta COBRA.
    • El pago es debido para todos los meses de cobertura que comienzan con la pérdida de cobertura.
  • Continúe haciendosus pagos mensuales de tarifas antes del día 20 del mes para la cobertura en el mes siguiente.
  • Los pagos deben hacerse por giro postal o cheque cajero pagado al Fideicomiso de Carpinteros del Sudoeste de Salud y Bienestar. No se aceptara dinero en efectivo o cheques personales.
    • Envíe su pago por correo a la dirección a continuación e incluir su ID de participante en su pago
      • Administración Corporativa de Carpinteros del Sudoeste
        533 South Fremont Avenue
        Los Angeles, CA 90071-1706

El Período Máximo de la Continuación de la Cobertura de COBRA si se elige:

  • 18 Meses
    • Pérdida de empleo.
    • Reducción de las horas de trabajo.
  • 36 Meses
    • Fallecimiento de empleado/participante.
    • Divorcio o Separación Legal.
    • Hijo dependiente que ya no cumple con la definición de dependiente (Edad 26)
    • Elegibilidad de Medicare del empleado/participante.
  • 29 Meses
    • Si el participante se incapacita antes del día 60 de la Cobertura de Continuación COBRA, una extensión de hasta 11 meses puede estar disponible después de los primeros 18 meses de cobertura.
    • Se aplicará una tarifa de COBRA más alta durante la extensión de 11 meses.

La Cobertura COBRA terminará cuando:

  • La tarifa del pago mensual no se recibe a tiempo
  • El Plan deja de proporcionar cobertura de salud para cualquier empleado.
  • El participante de COBRA queda cubierto por otro plan de salud grupal.
  • El último empleador contribuyente del participante deja de contribuir al plan, establece otro plan de salud o comienza a contribuir a otro plan multiempleador. (Empleadores fuera del acuerdo)
  • El Plan terminaría con la cobertura de cualquier participante o beneficiario (como fraude).

El Mercado de Seguros Médicos

  • Si pierde la cobertura de salud, es posible que pueda obtener cobertura a través del Mercado de Seguros Médicos que cuesta menos que la Cobertura de Continuación de COBRA.
  • Visite www.HealthCare.gov o llame al 1-800-318-2596 para obtener más información.

Para más información

  • Busque información detallada en la Descripción del Plan Resumen
  • Envíe sus preguntas por correo electrónico a COBRA@carpenterssw.org.
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Incapacidad

¡Si su capacidad para trabajar es afectada por incapacidad temporario o permanente, notifique a la oficina del Fideicomiso inmediatamente!

Crédito de Salud y Bienestar

Si se encuentra incapacitado y:

  • Usted es elegible para recibir beneficios de salud en el momento de su discapacidad.
  • Usted fue elegible para beneficios de salud en el mes anterior a su discapacidad.
  • Recibió horas de trabajo reportadas por el empleador dentro de los 90 días anteriores a su discapacidad.
  • Actualmente no está recibiendo un beneficio de pensión de Carpinteros del Sudoeste.

Las horas de discapacidad se pueden acreditar en lugar de las horas de trabajo a ocho horas por día (excluidos los fines de semana y días festivos), hasta 120 horas por mes para un máximo. El crédito se otorgará por un máximo de 6 meses consecutivos.

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Para calificar, envié el formulario de Solicitud de Horas de Salud y Bienestar para Incapacidad a la oficina del Fideicomiso entre 120 días de la fecha en que se determinó por su médico que usted resulto incapacitado.

Crédito de Pensión

Si se encuentra incapacitado y:

  • si usted recibió beneficios de compensación de trabajadores para el periodo de su incapacidad,
    O
  • Incapacidad a coto plazo aprobada por el estado,

crédito de pensión puede ser concedido a 40 horas por semana, para un máximo de 1,200 horas por año, para el periodo de su incapacidad. Este crédito adicional tal vez le puede ayudar a prevenir una interrupción de servicio, asistirle en calificando para ciertos beneficios de jubilación.

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Para calificar, envié el formulario de Solicitud de Horas de Pensión para Incapacidad a la oficina del Fideicomiso entre 12 meses de la fecha en que usted resulto incapacitado.

Beneficios de incapacidad de largo plazo

Si se encuentra totalmente incapacitado y:

  • usted ha ganado al menos 5 créditos de pensión bajo el Plan de Jubilación de los Carpinteros del Sudoeste sin interrupción de servicio,
  • usted tiene:
    • 350 horas trabajadas en los 12 meses inmediatamente anterior de su incapacidad,
      o
    • gano 3/12 créditos de jubilación en al menos 3 de los 5 años calendarios más reciente, anterior del año en que resulto incapacitado,
  • usted ha sido considerado totalmente incapacitado por una organización de revisión independiente o por la Administración de Seguro Social,

usted tal vez tiene derecho de recibir beneficios de incapacidad de largo plazo, basado en sus créditos de adquisición de derecho bajo el Plan de jubilación, como reemplazo parcial de ingresos debido a su incapacidad.

Comuníquese con la oficina del Fideicomiso para un formulario de Solicitud de Beneficios de Incapacidad de Largo Plazo lo más pronto posible para prevenir interrupciones.

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Jubilación

Es importante de notificar a la Oficina Administrativa antes y después de la jubilación sobre cualquier cambio en su dirección, correo electrónico, y número de teléfono para recibir comunicaciones importantes del Plan sobre su beneficio de Pensión.

Lista de Verificación del Participante: Pensión

Si está pensando en jubilarse:

  • Comuníquese con la Oficina Administrativa para recibir una aplicación de pensión al menos 3 meses antes de que quiera comenzar a recibir pagos.
  • Si usted recibió créditos de pensión bajo otros fideicomisos, usted necesitara comunicarse con esos fideicomisos y enviar los formularios necesarios a ellos. Asegúrese de informar a la Oficina Administrativa de los nombres y localizaciones de los otros fideicomisos donde usted aplico.
  • Complete la aplicación y envíela prontamente a la Oficina Administrativa con todos los documentos requeridos, incluyendo:
    • Números de seguro social de usted y su cónyuge
    • Verificación de edad de usted y su cónyuge
    • Verificación de matrimonio (documentos aceptables se pueden encontrar en la parte posterior de la aplicación).
  • Si usted está casado y elige de no tener su beneficio pagado como Pensión de Cónyuge Sobreviviente Calificado, usted estará requerido de proporcionar consentimiento notarizado firmado por su cónyuge con su aplicación.
  • Si su cónyuge ha fallecido, usted estará requerido de proporcionar el acta de defunción. Si está divorciado, será requerido una copia del decreto de divorcio.
  • La firma en su aplicación debe estar notarizada.

Lista de Verificación del Participante: Anualidad

  • Comuníquese con la Oficina Administrativa para recibir una aplicación de anualidad al menos 3 meses antes de que quiera comenzar a recibir pagos.
  • Complete la aplicación y envíela prontamente a la Oficina Administrativa con todos los documentos requeridos, incluyendo:
    • Números de seguro social de usted y su cónyuge
    • Verificación de edad de usted y su cónyuge
    • Verificación de matrimonio (documentos aceptables se pueden encontrar en la parte posterior de la aplicación).
  • Si usted está casado y elige de no tener su beneficio pagado como Anualidad de Sobreviviente Conjunta del 50%, usted estará requerido de proporcionar consentimiento notarizado firmado por su cónyuge con su aplicación.
  • Si su cónyuge ha fallecido, usted estará requerido de proporcionar el acta de defunción. Si está divorciado, será requerido una copia del decreto de divorcio.
  • La firma en su aplicación debe estar notarizada
  • Si usted elige recibir su beneficio por transferencia directa a un plan de jubilación elegible o IRA, usted necesitara proporcionar el nombre y dirección de la institución financiera y su numero de cuenta.
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Fallecimiento de participante o dependiente

Lista de verificación del beneficiario (si hay uno designado) o de miembros de familia: Fallecimiento del participante

  • Completé y envié un formulario de Notificación de Fallecimiento de miembro
  • Envié la Acta de Fallecimiento del participante. (Tenga en cuenta, ningunos beneficios se pueden pagar hasta que la oficina administrativa recibe la Acta de Fallecimiento.)
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A continuación, están listados plazos estimados para pagos de beneficios disponibles cuando la oficina administrativa recibe la Acta de Fallecimiento, asumiendo que el participante es elegible para beneficios.

  • Vacaciones: 1 semana
  • Seguro de Vida: permitir hasta 30 días
  • Pensión permitir hasta 90 días. El beneficio depende del historial de pensiones del participante.:
    • Menos de 10 créditos de adquisición: el primer mes en cuando el participante habría alcanzado la edad de 65 anos
    • 10 o más créditos de adquisición: el primer mes siguiendo el fallecimiento del participante
  • Anualidad: permitir hasta 30 días

Lista de verificación del participante: Fallecimiento de un dependiente

  • Comuníquese con la oficina administrativa para notificarlos del fallecimiento de su dependiente. La oficina administrativa le enviara un formulario de Reclamación de Beneficiario y le ayudara a navegar el proceso.
  • Envié una copia de la Acta de Fallecimiento certificada a la oficina administrativa con el número de seguro social o de UBC del participante.
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Para actualizar a su beneficiario para su seguro de vida y otras formas de seguro, completé y envié un Formulario de Designación de Beneficiario.

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Servicio Militar

Si usted está ausente de empleo debido a servicio militar, usted tal vez tendrá derecho de continuar con su cobertura de salud y/o de adquirir créditos de Pensiones o de anualidad bajo el Acta de Derechos de Empleo y Reempleo de los Servicios Uniformados del 1994 (USERRA, por sus siglas en ingles).

Cobertura de Salud y Bienestar

Si usted está ausente de empleo debrido a servicio militar, su cobertura de salud terminará, pero usted tendrá la opción bajo USERRA para:

  • Continuar cobertura bajo USERRA para un máximo de 24 meses o hasta que usted ha completado su servicio y aplique para regresar a trabajo, mientras que usted continúe a hacer el auto-pago apropiado.
  • Y / o
  • Continuar con su cobertura de salud bajo el plan cuando usted regrese al empleo cubierto, aunque usted no eligió de continuar su cobertura durante su servicio, después de recibir una descarga honorable, basado en
    • Sus horas de reserva al tiempo que comenzó su servicio,
    • O
    • Un auto-pago mensual hasta que usted ha ganado cobertura bajo el empleo cubierto
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La oficina del Fideicomiso debe recibir notificación entre 60 días de su último día de empleo cubierto para calificar. Comuníquese con la oficina del Fideicomiso para más información y para evitar de perder las fechas de limite. Consulte al Descripción del Resumen del Plan de Salud y Bienestar de los Carpinteros del Sudoeste para las reglas y exclusiones completas.

Créditos de Pensiones

Si usted está ausente de empleo debido a servicio militar, usted tiene el derecho bajo USERRA para que su servicio sea tratado como horas de trabajo en empleo cubierto para todos los propósitos del Plan.

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Hay varios requisitos legales o fechas de limite que se tienen que cumplir por el Plan de jubilación y USERRA antes de que usted termine y regrese al empleo cubierto. Comuníquese con la oficina del Fideicomiso lo más pronto posible para instrucciones y consulte el Descripción del Resumen del Plan de Jubilación de los Carpinteros del Sudoeste para más información.

Créditos de Anualidad

Si usted está ausente de empleo debido a servicio militar y si usted es participante del Plan de Anualidad de los Carpinteros del Sur de Nevada, usted tiene derecho bajo USERRA que le agreguen a su cuenta contribuciones recibidos de su empleador.

  • Las contribuciones son basadas en sus semanas de servicio calificado militar y el numero promedio de horas trabajadas en el empleo cubierto en los 12 meses anterior de su servicio.
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Hay varios requisitos legales o fechas de límite para estar bajo el Plan de Anualidad y USERRA antes de que termine y después que regrese al empleo cubierto. Comuníquese con la oficina del Fideicomiso lo más pronto posible para instrucciones y consulte el Descripción del Resumen del Plan de Anualidad de Los Carpinteros del Sur de Nevada para más información.

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Comuníquese con nosotros

Información de contacto

lunes – viernes 8:00 am to 5:00 pm (PST) al:

Administración Corporativa de Carpinteros del Sudoeste
533 South Fremont Avenue
Los Angeles, California 90071

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